LAS OBLIGACIONES DEL INQUILINO.-
Antes de firmar el contrato conoce cuales son los deberes de un inquilino.-
Si alquilas un inmueble necesitas tener presente cuáles son tus obligaciones para no tener problemas con el propietario. Es importante que conozcas cuáles son tus obligaciones cuando firmas un contrato de alquiler.-
El presente es un resumen de las obligaciones principales a cargo del inquilino. Sin embargo, pueden ser ampliadas o restringidas por contrato. Por ello, es fundamental recibir el asesoramiento legal correspondiente al momento de su celebración.
CREA TU INVENTARIO
Responde unas pocas preguntas. Nosotros nos encargaremos del resto.-
DEPÓSITO EN GARANTÍA.-
El depósito es una garantía que como inquilino debes entregar al propietario para asegurar que cumplirás las cláusulas pactadas en el contrato. Debes entregar una cantidad de dinero en efectivo que se corresponde con un mes de alquiler en el caso. En caso de que haya diferentes valores de alquiler, el pago se efectúa por el valor más alto.-
PAGO DEL ALQUILER.-
El inquilino debe pagar en los plazos que se hayan pactado en el contrato la mensualidad acordada. Aunque lo normal es que el pago del alquiler sea mensual y se realice en los 10 primeros días de cada mes, no existe inconveniente en pactar que el pago se lleve a cabo en períodos distintos al mes, y antes o después de los 10 primeros días de cada uno.-
GASTOS DE LOS SUMINISTROS.-
Como arrendatario deberás hacerte cargo del pago de los servicios de la vivienda, como electricidad, gas, teléfono, internet, expensas (si hubiera), etc.-
Además, es posible que en el contrato se pacte que debas hacerte cargo de otros gastos como el seguro de la casa en favor del propietario.-
CONSERVACIÓN DEL INMUEBLE.-
Tendrás que realizar las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda. Como regla general, el propietario está obligado a realizar todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en condiciones aptas para desarrollo de la vida cotidiana, salvo si el deterioro o pérdida es por tu culpa o es causado por las personas que conviven contigo. En este supuesto serás tú el obligado a la realización de las obras de reparación.-
Así, por ejemplo, las que sean consecuencia del uso de las instalaciones y servicios propios (sustitución de lamparitas, rotura de electrodomésticos, cerraduras, persianas, grifería, rotura de cristales etc.). A mayor abundamiento, si se “tapa” un calefón debe ser reparado por el inquilino, pero si el mismo debe ser reemplazado, corresponde al propietario soportar el gasto y su instalación.-
PERMITIR LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS POR PARTE DEL PROPIETARIO.-
Cuando sea necesario realizar obras necesarias para la conservación o mejora de la vivienda o local que no puedan aplazarse hasta la terminación del contrato debes permitir al propietario que las lleve a cabo.-
Si para ello te ves impedido del uso de parte de la vivienda o local, es posible que el propietario tenga a su cargo solventar los costos de una vivienda transitoria. Consulta a un abogado si las obras de conservación hacen la vivienda inhabitable o impiden su uso en forma total o parcial.-
DEJAR LA VIVIENDA TAL Y COMO ESTABA ANTES AL FINALIZAR EL CONTRATO.-
Tienes que dejar la vivienda al final del contrato en el mismo estado en que la encontraste. Es decir, si por ejemplo has realizado obras para adaptar la vivienda en casos de discapacidad, aunque lo hayas hecho con consentimiento del propietario, estarás obligado al término del contrato a reponer la vivienda al estado anterior, si así se lo exige el propietario. Además, no podrás realizar, sin consentimiento escrito del propietario, obras que produzcan un cambio de configuración de la vivienda (por ejemplo, construir o derribar tabiques, instalar tuberías o desagües, etc.).-
Si quieres saber más sobre el contrato de alquiler podés solicitar una consulta con nuestros abogados.-